Hoja de Aprecio
Redacción técnica y jurídica de la hoja de aprecio, fundamentando cada partida indemnizatoria (suelo, vuelo, cosechas, traslados).
La expropiación forzosa representa una de las intervenciones más drásticas de la Administración en el patrimonio de los particulares. Ante esta situación, contar con una defensa jurídica especializada no es una opción, sino una necesidad para garantizar que la compensación económica - el justiprecio - refleje el valor real y completo de los bienes y derechos sacrificados.
Nuestro despacho ofrece un asesoramiento integral y estratégico, asegurando una defensa técnica rigurosa desde la recepción del acta previa a la ocupación hasta la sentencia final.
Actuamos en todas las fases del procedimiento cubriendo cualquier eventualidad legal o técnica:
Vigilamos el estricto cumplimiento de la legalidad desde el primer momento. Impugnamos cualquier irregularidad que pueda suponer un vicio en el procedimiento, como defectos en la declaración de necesidad de ocupación o en la tramitación.
Nuestro objetivo es detectar fallos que puedan fundamentar un recurso por vicio sustancial de forma, conforme al Artículo 126 de la Ley sobre Expropiación Forzosa.
El núcleo de nuestra labor es asegurar una indemnización íntegra:
Si la resolución del Jurado no es satisfactoria, acudimos a los tribunales. Interponemos recurso contencioso-administrativo fundamentado especialmente en la Lesión:
Esto aplica cuando la valoración sea inferior en más de una sexta parte a la defendida en tu hoja de aprecio, según lo estipulado en el Artículo 140 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
Redacción técnica y jurídica de la hoja de aprecio, fundamentando cada partida indemnizatoria (suelo, vuelo, cosechas, traslados).
Asistencia al levantamiento de actas previas y actas de ocupación. Defensa frente a procedimientos de urgencia que limitan plazos.
Reclamación por la pérdida de beneficios económicos derivados del cese o traslado de actividad empresarial o agrícola.
Solicitud de una nueva valoración si transcurren los plazos legales sin que la Administración efectúe el pago o la ocupación.
Analizamos el expediente, la clasificación del suelo y los vicios de procedimiento.
Preparamos la Hoja de Aprecio con arquitectos y peritos de confianza para maximizar el valor.
Negociamos la avenencia y, si no es posible, defendemos el valor ante el Jurado de Expropiación.
Si el Justiprecio es insuficiente, elevamos el caso al Tribunal Superior de Justicia.
Es la indemnización económica que compensa la pérdida del bien. Se calcula en base al valor real de mercado, añadiendo un 5% extra como "premio de afección" por el daño moral de la pérdida forzosa.
Sí, absolutamente. La primera oferta de la Administración rara vez refleja el valor real. Rechazarla no implica perder el derecho a cobrar; se cobra la parte no discutida mientras se litiga por la diferencia.
Los plazos en expropiación son muy estrictos y de caducidad rápida (a veces de 20 días o 1 mes). Es vital contactar a un abogado en cuanto recibas la primera notificación.
No firmes nada sin asesoramiento previo. El tiempo corre en tu contra. Defendemos tu patrimonio para obtener la máxima indemnización.
Solicitar Revisión de Expediente