Fecha de Corte
Es obligatorio haber llegado a España antes del 31 de diciembre de 2025.
El Gobierno abre una ventana única de 3 meses. No te quedes fuera por un error burocrático. Preparamos tu expediente para presentarlo el primer día del plazo.
Plazas limitadas para la convocatoria
Según la información confirmada por el Ministerio de Inclusión (Enero 2026):
Es obligatorio haber llegado a España antes del 31 de diciembre de 2025.
Debes acreditar una estancia continuada de al menos 5 meses al momento de la solicitud.
Indispensable carecer de antecedentes penales en España y en tu país de origen.
La autorización permite trabajar (cuenta ajena y propia) en todo el territorio nacional.